¿Agregados culturales a la medida?

Abr 10 • destacamos, principales, Reflexiones • 9302 Views • No hay comentarios en ¿Agregados culturales a la medida?

/

La presencia del país en el exterior exige perfiles en el área cultural que sumen sus conocimiento en las estrategias de poder blando de la Cancillería mexicana

/

POR EDGARDO BERMEJO MORA

I

Tradicionalmente las tareas de gestión, cooperación y promoción cultural de algunas de las representaciones diplomáticas de México en el Exterior han recurrido a la figura de un agregado cultural, quien realiza sus funciones bajo la autoridad del titular de la representación –embajadores y cónsules– en coordinación con las áreas centrales especializadas en esta materia dentro de la cancillería.

 

 

La figura del agregado cultural con acreditación diplomática y nombramiento como personal asimilado del Servicio Exterior Mexicano (SEM) en los términos del Artículo 7 de la Ley del SEM, es hasta ahora el único esquema administrativo y jurídico con el que se ha contado en la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) para dotar a las representaciones diplomáticas de un funcionario especializado en temas culturales.

 

 

A través de los años dichos nombramientos han estado exentos de criterios claros para su selección, la delimitación de sus funciones, la valoración ponderada de su posible permanencia y/o ascenso, así como de mecanismos verificables para la evaluación de su gestión, y eventualmente su regularización como personal asimilado del SEM.

 

 

De igual manera el nombramiento de agregados ha estado marcado por discontinuidades en las sucesivas administraciones del gobierno mexicano. En diversas ocasiones los nombramientos y su eventual ratificación ha quedado sujeta a criterios estrictamente presupuestales, o bien ha respondido a coyunturas políticas determinadas, sin existir hasta ahora una clara línea de continuidad, así como la racionalidad que vincule una determinada estrategia de diplomacia cultural de la SRE, con la selección de los agentes culturales con rango diplomático que habrán de instrumentarla en el exterior.

 

 

Esta falta de claridad en los criterios de selección, en los mecanismos de evaluación, y aún en las funciones y responsabilidades del agregado cultural, ha provocado que esta figura diplomática genere incomprensión dentro del personal de carrera del SEM, o bien que subsista una percepción pública adversa, toda vez que persiste la tendencia a pensar en los agregados culturales como acreedores de privilegios inmerecidos y como beneficiarios de “becas” de lujo con cargo al erario público. A lo largo de los años el criterio predominante para el nombramiento de agregados culturales ha sido el de nombrar a escritores, creadores artísticos o gestores culturales con trayectorias consolidadas, o bien a académicos con prestigio y presencia pública, pero también se ha dado el caso de nombramientos de agregados culturales sin experiencia probada en el campo de la cultura, las artes o la academia, atendiendo a favores políticos de diversa naturaleza.

 

 

La experiencia de estos años ha demostrado que un creador artístico o un representante de la comunidad cultural o académica mexicana en funciones de agregado cultural, es por sí mismo un agente natural de representación de lo mexicano, cuya experiencia, actividades profesionales previas, y prestigio, favorecen a la construcción de puentes de entendimiento entre México y el país o la ciudad de su adscripción, pero que no necesariamente cuenta con las capacidades y el dominio de las herramientas en materia de gestión cultural y planeación estratégica, así como con las habilidades políticas, técnicas y administrativas que a su vez demandan las funciones diplomáticas como funcionario asimilado del SEM.

 

 

A pesar de ello, en muchas ocasiones ambos atributos logran conjugarse en la figura del agregado cultural nombrado por Artículo 7, es decir, el del creador artístico de prestigio y el del gestor y promotor cultural profesional, que cuenta a su vez con visión diplomática, sensibilidad política, presencia mediática y habilidades administrativas y gerenciales; pero aun en esos casos afortunados no existen hasta ahora mecanismos consolidados para evaluar su gestión, asegurar su permanencia y ofrecerle oportunidades de ascenso y promoción, como sí ocurre con los funcionarios de carrera del SEM.

 

 

La evidencia histórica nos demuestra que la diplomacia mexicana se ha enriquecido a lo largo de las décadas del trabajo y las aportaciones de los agregados culturales, y que éstos, en la mayoría de las experiencias (no en todas, por supuesto) han cumplido con una función crucial como ejecutores de la diplomacia cultural de México, y su instrumentación de acuerdo a la coyuntura y las necesidades específicas de las adscripciones a las que han son destinados, y por otra parte advertimos que no se cuenta dentro del personal de carrera del SEM con el número suficiente de expertos en cuestiones culturales para atender dicha necesidad.

 

 

Cuando su gestión ha resultado exitosa, innovadora y productiva, los agregados culturales han cubierto una necesidad específica para la política exterior de México y han contribuido a emplear y a optimizar las herramientas de la diplomacia cultural de nuestras representaciones en el exterior. Una función estratégica que ha justificado, en el pasado y en el presente, la existencia de esta figura que forma ya parte de la propia tradición diplomática de México.

 

 

Es necesario entonces reformular y definir el perfil profesional del agregado cultural que mejor se ajuste a las necesidades y las tareas de la diplomacia cultural de México, trasparentar los criterios para su selección, diseñar herramientas para la evaluación de su desempeño, y crear mecanismos para reglamentar su permanencia en función de su antigüedad, conocimiento, capacidad, mérito, y eventualmente contar con oportunidades de permanencia y asenso similares a los del personal de carrera del SEM. Para ello, los requisitos formales y las credenciales académicas que exige el ingreso por examen a la rama diplomático-consular del SEM deberían ser los mismos para todo aquel agregado cultural nombrado por artículo 7.

 

 

II

 

¿Podemos imaginar una suerte de deontología para el agregado cultural mexicano del siglo XXI? ¿Qué atributos y características debería tener esta figura que, como está visto, se mantendrá en activo en las estrategias de política exterior de México y de la mayoría de los países que cuenten con un programa propio para desplegar su diplomacia cultural?

 

 

Propongo aquí una veintena de aspectos a considerar a la hora de diseñar una deontología para la figura del agregado cultural mexicano en el presente.

 

 

1. El agregado cultural es un funcionario público que cumple con una doble función de representación –simbólica y protocolaria– en tanto actor visible de la escena cultural e intelectual mexicana que ha sido destacado para cumplir con una comisión diplomática en el extranjero; y al mismo tiempo atiende una función ejecutiva concreta como responsable de diseñar e instrumentar el programa de promoción y cooperación cultural de una representación diplomática. En ese sentido el agregado cultural debe conocer los aspectos jurídicos, políticos, jerárquicos y administrativos que engloban las tareas y las responsabilidades del servicio exterior mexicano.

 

 

2. El agregado cultural desempeña sus funciones bajo la autoridad directa del titular de la Representación Diplomática a la que ha sido adscrito, en coordinación con el resto del personal diplomático, técnico-administrativo y local, y siguiendo en todo momento los lineamientos programáticos y presupuestales de las oficinas centrales de la cancillería mexicana.

 

 

3. Entre sus atribuciones y responsabilidades se encuentran la de ejercer con responsabilidad, eficiencia y transparencia los recursos asignados por la cancillería para la instrumentación del programa de cooperación y promoción cultural de su adscripción, así como la de informar regular y puntualmente a las instancias superiores del desarrollo y resultados de sus gestiones. Debe, además, poner especial atención en el diseño de indicadores cuantitativos y cualitativos del impacto de las acciones de cooperación y promoción cultural que coordina y ejecuta.

 

 

4. El agregado cultural, como gestor profesional, es responsable de orientar y apoyar al titular de la Representación en las diversas acciones encaminadas a la obtención de patrocinios económicos y en especie tanto en México como, principalmente, en el lugar de adscripción (apoyos, donaciones y subsidios públicos y privados). Esto con el fin de facilitar y fortalecer las tareas de promoción y cooperación cultural, asegurando en todo momento que dichos recursos y apoyos se obtengan con apego al marco regulatorio del lugar de adscripción, y sin comprometer en modo alguno la independencia de la representación diplomática y los principios de la política exterior de México.

 

 

5. En el caso específico del agregado cultural que ejerce a su vez funciones como director de un Instituto Cultural de México, es responsable de la salvaguardia y conservación del patrimonio artístico y cultural propiedad del gobierno mexicano; del cuidado y conservación de las instalaciones e infraestructura con las que cuente el Instituto bajo su cargo; de la correcta administración gerencial de los recursos humanos, en un ambiente de colaboración y respeto; y del cumplimiento estricto de las regulaciones y normativas del lugar de adscripción.

 

 

6. El agregado cultural es un constructor natural de puentes de entendimiento y cooperación entre las comunidades creativas y académicas, y las instituciones culturales –privadas y públicas– de México y de sus contrapartes respectivas en el lugar de adscripción. Una de sus tareas primordiales es la de facilitar este tipo de contactos y crear las sinergias que permitan la diversificación de las acciones culturales de México en el exterior, más allá de las estrictamente programadas desde la representación diplomática, procurando con ello el acceso a recursos financieros en favor de la promoción cultural de México, con independencia del presupuesto destinado a este propósito por la cancillería.

 

 

7. El agregado cultural identifica, articula e impulsa la formación de redes de apoyo y colaboración con las comunidades de mexicanos en el exterior, procurando que la vinculación entre las acciones de la representación diplomática y la diáspora mexicana consoliden el sentido de pertenencia común y amplíen la noción de identidad compartida, como aspectos centrales de la cooperación cultural internacional.

 

 

8. El agregado cultural está obligado a identificar las oportunidades que se presentan en el lugar de adscripción para promover los intereses de México en el exterior en el ámbito cultural y su potencial beneficio para el país en el plano económico, turístico, político y comercial.

 

 

9. El agregado cultural debe ser un profundo conocedor y un promotor del carácter diverso, plural y cosmopolita de la tradición cultural mexicana. De igual manera su formación profesional le permite ser un comunicador y un divulgador de los aspectos principales de la historia del país, su riqueza y tradición cultural, y los retos y desafíos del presente.

 

 

10. El agregado cultural, como un gestor cultural profesional, debe conocer el impacto y el papel que tiene la cultura como agente de transformación social y reconoce la importancia creciente de las industrias creativas y su aporte al desarrollo económico de las sociedades.

 

 

11. El agregado cultural debe promover la creciente vinculación entre el arte y las nuevas tecnologías en la era digital, e impulsa la generación de contenidos y estrategias digitales que garantizan mayor impacto y penetración a un menor costo.

 

 

12. De igual manera debe reconocer y valorar el impacto que tienen los fenómenos culturales como transmisores de los valores democráticos, la tolerancia, el respecto a la diversidad, la procuración de los derechos humanos, la equidad de género, los derechos de las minorías, la protección de la infancia, el cuidado del medio ambiente, la lucha contra la desigualdad, la convivencia pacífica de las naciones, la interculturalidad, y la cultura de la no violencia.

 

 

13. El agregado cultural del siglo XXI debe reconocer a la Diplomacia Cultural como un instrumento que entiende el papel de la cultura mucho más allá de la difusión de las bellas artes, y acceder a las herramientas de la cooperación cultural internacional para atender temas fundamentales de nuestro tiempo, en alineación con los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

 

 

14. El agregado cultural reconoce la importancia que tiene el concepto Imagen País y la relevancia que tiene la percepción internacional sobre México en la construcción de su política exterior; reconoce los vínculos intrínsecos entre la Diplomacia Cultural y la Diplomacia Pública, y encamina todas sus acciones al fortalecimiento de los valores intangibles de la reputación nacional, bajo la premisa de que una imagen atractiva y positiva abona al respeto y a la confianza necesarias para construir relaciones diplomáticas de interés y beneficio mutuo.

 

 

15. El agregado cultural tiene que estar plenamente familiarizado con las características y particularidades del sector cultural mexicano. Conocer a sus instituciones públicas y privadas, los festivales artísticos más relevantes, los principales museos, bibliotecas, orquestas, agrupaciones artísticas , fundaciones, editoriales y publicaciones, los programas de estímulo a la creación, el patrimonio material e intangible del país inscrito en las listas de la UNESCO, la legislación cultural mexicana, y a los principales protagonistas de la producción cultural mexicana en todas sus disciplinas y manifestaciones, tanto los ya consolidados como los creadores emergentes.

 

 

16. El contacto permanente con los diversos actores e instituciones del sector cultural mexicano y sus contrapartes en el país de adscripción, es el componente principal que nutre la labor cotidiana de un agregado cultural.

 

 

17. El agregado cultural reconoce y promueve el valor de la diversidad cultural de la geografía política mexicana, y por lo tanto procura impulsar proyectos que involucren a instituciones y actores culturales de los estados federativos y los municipios de la República Mexicana.

 

 

18. El agregado cultural reconoce la importancia del idioma español de los mexicanos y de la literatura mexicana como vehículos comunicadores y constructores de lazos de cooperación. Al mismo tiempo promueve la diversidad lingüística de México y le da prioridad aquellos proyectos que impulsen y visibilicen a las lenguas indígenas del país y a sus comunidades.

 

 

19. El agregado cultural está familiarizado con las características y la naturaleza del trabajo que realizan las agencias e instituciones culturales internacionales, así como con los principios, convenciones y programas de la UNESCO, y de otras instancias multilaterales como la SEGIB, la OEI y la OEA.

 

 

20. El agregado cultural es un representante permanente de México en el exterior cuyas actividades profesionales, públicas, mediáticas y en redes sociales deben realizarse en concordancia con los principios, lineamientos y directrices de la política exterior de México y del Estado mexicano. De la misma manera, el agregado cultural debe tener pleno conocimiento de dichos principios y lineamientos de la política exterior de México, de los temas principales de la agenda coyuntural de la cancillería mexicana, y debe procurar el contacto y la colaboración con las áreas afines de la SRE, particularmente la AMEXCID, el IME, la Dirección General de Comunicación Social y el Instituto Matías Romero.

 

 

III

Se desprende de todo lo anterior que en la mayoría de casos de funcionaros de carrera del SEM que asumen la responsabilidad temporales de los asuntos culturales en una representación diplomática -con independencia de su rango, habilidades adquiridas, talento, creatividad, disposición y disciplina institucional- no necesariamente cubren el perfil de especialización que demandan las tareas de un agregado cultural con experiencia en la gestión y la promoción cultura internacional en el siglo XXI. Lo mismo puede decirse del personal local que asume, por necesidad de la representación diplomática en la que trabaja, estas funciones.

 

 

En cualquier caso, y como ya se ha expuesto aquí, la realidad es que en la gran mayoría de nuestras representaciones diplomáticas las tareas de cooperación y promoción cultural son realizadas por funcionarios de carrera, y que no resulta predecible que en el corto o mediano plazo esta tendencia pueda cambiar, salvo en aquellos casos de Embajadas y Consulados cuya naturaleza hace imperativo la integración de un agregado cultural en el sentido estricto del término.

 

 

Por lo tanto, resulta de la mayor relevancia dotar tanto al personal de carrera del SEM como a los empleados locales de las herramientas, los insumos y los programas de capacitación permanente que les permita un mejor desempeño de esta función de promoción y representación cultural, siendo ésta una atribución que recae bajo la responsabilidad directa de las oficinas centrales de la cancillería, hoy bajo la figura de una Dirección Ejecutiva de Diplomacia Cultural.

 

 

De la misma manera en que los funcionarios de carrera del SEM, en el desarrollo de sus carreras diplomáticas, eligen especializarse gradualmente en asuntos económicos y comerciales, políticos, consulares y de protección, o en diversas áreas multilaterales, resulta necesario crear las condiciones y pavimentar el camino para que el de la promoción y cooperación cultural sea una de las rutas de especialización diplomática.

 

 

IV

Tomando en cuenta todo lo anterior, menciono aquí dos propuestas preliminares con el objetivo de reformar y fortalecer la representación y la gestión de la diplomacia cultural de México en exterior.

 

 

1. En el caso del nombramiento de los agregados culturales como personal asimilado del SEM por artículo 7, los requisitos indispensables serían:

 

 

-Ser ciudadano mexicano
-Tener grado académico al menos de licenciatura
-Dominio acreditado del idioma inglés y de una tercera lengua a nivel de traducción.
-Contar con una trayectoria consolidada como académico o creador artístico en cualquiera de sus disciplinas
-Contar con experiencia probada en el campo de la gestión cultural, particularmente en la planeación, desarrollo gerencial e instrumentación de proyectos culturales, y con experiencia a su vez en el ámbito de la procuración de fondos y el diseño de campañas de impacto en medios de comunicación y redes sociales.
-Acreditar un examen de conocimientos generales de cultura e historia de México, y de política exterior de México, a partir de un instrumento de evaluación diseñado de manera coordinada por la Dirección Ejecutiva de Diplomacia Cultural, la Dirección General del Servicio Exterior Mexicano y el Instituto Matías Romero.

 

 

2. Diseñar un modelo de evaluación de la gestión de los agregados culturales nombrados por artículo 7 de la ley del SEM , con indicadores cuantitativos y cualitativos verificables, que ayuden a ponderar su desempeño, y permitan a su vez definir su permanencia o conclusión en el cargo, así como evaluar posibles esquemas de ascenso o movilidad, como personal asimilado del SEM.

 

FOTO:

« »