Agentes culturales, sujetos de derecho (sic)

Mar 14 • destacamos, principales, Reflexiones • 6607 Views • No hay comentarios en Agentes culturales, sujetos de derecho (sic)

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POR CARLOS LARA G.

 

Parece haber una confusión entre la comunidad cultural convocada por la Secretaría de Cultura al Seminario “Los creadores, artistas y trabajadores del arte y la cultura como sujetos de derecho”. Digo confusión porque les han hecho creer que no son sujetos de derecho, y con este tema se han enmarañado nuevamente en el sinuoso sendero de los conceptos y en una agenda que lleva más de 30 años viendo pasar administraciones.

 

 

Hace más de setenta años, en el contexto de la fundación de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), los entonces dirigentes de este organismo internacional invitaron al maestro Louis Aragón a impartir una conferencia magistral en las instalaciones de la Sorbona de París. El invitado intituló su conferencia “La cultura y el pueblo (o la gente)”. En la versión británica se transformó el título en Culture and the people, y en la norteamericana Mass culture or culture of the masses. La expresión norteamericana apareció en francés y la publicitaron como Cultura de masas. Finalmente, en 1947, cuando fue publicada, el editor de la Unesco la tituló: Las élites contra la cultura. “Nada del problema de Unesco podría llevarse a efecto, si desde el principio, no se muestran extremadamente severos con el empleo que se hace de las palabras”, dijo el maestro Aragón.

 

 

Esto mismo ocurre con las reuniones convocadas por la Secretaría de Cultura para este Seminario, que dizque para analizar quiénes son, qué hacen y cómo podrán ser considerados sujetos de derecho. Es lo que han atinado a decirme los colegas a los que he preguntado. No dudo que el seminario haya sido a petición de parte, como tampoco la disposición de la Secretaría de Cultura de poner suficiente café y galletas.

 

El tema es tan desatinado, y por ende, confuso, que por un lado vemos, a juzgar por la primera reunión reseñada en algunos medios, a una parte de la denominada comunidad cultural que no sabe qué pedir, y por el otro, a funcionarios de la secretaría doctorados en paciencia, sin la posibilidad de ofrecer nada. Qué alcance tienen los acuerdos de dichas reuniones preguntan algunos, No, no, estos no son acuerdos y mucho menos de carácter vinculante, dicen del otro lado. Bueno pues, es una entretenida charla de café. ¿Por qué digo esto? Verán, no entraré en el contenido de los temas planteados, no por ahora, pero sí al fondo del pretendido debate que intenta poner en el centro una serie de categorías conceptuales para que sean cubiertas por el manto protector de eso que llaman “Sujetos de derecho”.

 

 

Lo haré en tres puntos. 1) Deben saber que para el derecho, los únicos sujetos de derecho son las personas, esto es, todos los ahí presentes, sean personas físicas o jurídicas son sujetos de derechos y obligaciones. Eso que suelen llamar “trabajadores de la cultura”, no sé si como añoranza sindical o arranque de idealismo, es en estricto sentido lo que en la administración pública se conoce como servidores públicos. Sí, a quienes trabajan en la Secretaría de Cultura, por ejemplo, tienen ya un régimen laboral dentro del servicio público. No por laborar en el sector cultural, sino por trabajar en la administración pública. Es más, ya entrados en este tipo de terminología, podríamos decir que son prestadores de bienes y servicios culturales, interpretando el artículo 4to., constitucional.

 

 

2). Los creadores, artistas o como quieran denominarlos, son también sujetos de derecho, pero si quieren poner énfasis en su actividad, que es una actividad mercantil (les guste o no la palabreja), su trabajo está protegido por la Ley federal de derechos de autor. Si quisieran incluso registrar su firma, podrían acudir al Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual, cuya ley también ampara sus derechos culturales.

 

3). Existe actualmente un Consejo Asesor de la Secretaría de Cultura, creado por Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 21 de abril de 2017, promovido y creado por María Cristina García Cepeda, entonces secretaria de Cultura. Su fundamento es la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el Reglamento Interior de la propia Secretaría, que reconocen la facultad de la Secretaría de Cultura para crear consejos asesores, de carácter interinstitucional, en los que pueden participar especialistas en las materias competencia de la Secretaría. El propósito es que el titular de la dependencia reciba recomendaciones y sugerencias de especialistas en arte y cultura, estableciendo comunicación directa con las personas físicas y morales que sean invitadas y acepten integrar dicho órgano colegiado encargado de asesorar al secretario en las materias competencia de la dependencia, integrado por el secretario de Cultura (quien lo presidirá) y hasta 25 especialistas en las materias competencia de la Secretaría, así como el Subsecretario de Desarrollo Cultural; el Subsecretario de Diversidad Cultural y Fomento a la Lectura; el Oficial Mayor; y el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos.

 

 

Corresponde pues, a este Consejo a) asesorar al secretario sobre temas específicos de arte y cultura; b) presentar propuestas, recomendaciones y sugerencias para mejorar el desempeño de los programas de la Secretaría de Cultura. c) proponer acciones específicas para fortalecer los alcances de las atribuciones y facultades de la dependencia, y d) establecer un espacio de comunicación que permita retroalimentar los procesos de planeación y operación de los programas de la Secretaría. En su artículo 4to. El Acuerdo señala que el Secretario de Cultura invitará a las personas físicas o morales que deban integrar el Consejo, quienes deberán ser especialistas en las materias competencia de la dependencia. Asimismo, menciona que el pago por su participación en este órgano será emocional.

 

 

Concluyo. Si lo que quieren es ser reconocidos como sujetos de derecho por su actividad e incluir a los titiriteros, escultores, creadores, artistas, artesanos, canapeceros, abajofirmantes, mesaredonderos etc… Esto es, por la labor que desempeñan en una autodenominada comunidad cultural, esto ya está establecido en la Constitución y en la legislación secundaria respectiva. Son personas, ciudadanos, mexicanos, muy trabajadores y es por ello que son sujetos de derecho, no por lo que crean y generan, sino por su calidad de ciudadanos.

 

 

Si quieres elevar los temas comentados en el Seminario a nivel de acuerdos, pidan que se convoque a los integrantes del citado Consejo Asesor de la secretaría, y la presencia del Poder Legislativo, de lo contrario insisto, es una entretenida charla de café con hartas galletas. Muchos de ustedes dejaron de hacer cosas importantes ese día por ese porfiado amor al arte y la cultura. El funcionariado público no. Ellos tienen un salario, tiempo y paciencia suficiente para hacer todo tipo de eventos y reuniones. Por eso lamento comentar lo sucedido en estos términos y decir que los cafetearon, una vez más. Con los años me he convencido de que contra el vicio de pedir, está la virtud de no dar. Así es este sector. Por eso muy importante afinar el instinto y la puntería antes de acudir a este tipo de reuniones.

 

FOTO: Un grupo de actores realiza un evento en el Día Internacional del Teatro en el Centro Nacional de las Artes en 2018. /Francisco Segura /Secretaría de Cultura/Cuartoscuro

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